Base Legal

Decreto Supremo

El Decreto Supremo Nº 04-94-ED, promulgado y emitido el 5 de mayo de 1994, tuvo como fin principal formalizar y legalizar la situación académica de diversos institutos pedagógicos en el Perú.

  • Objetivo Central: Regularizar institutos (estatales y privados) que funcionaban solo con permisos regionales o carecían de autorización formal. Esto permite que los estudios de los alumnos tengan validez oficial y que los egresados puedan titularse.
  • Marco Legal: Se apoya en la Ley General de Educación Nº 23384, que exige un Decreto Supremo para validar carreras de larga duración (7 semestres a más).
  • Acciones Inmediatas:
    • Creación: Autoriza formalmente los institutos estatales del Anexo 01.
    • Reconocimiento: Valida el funcionamiento de los institutos privados del Anexo 02.
  • Estructura Académica: Define que las carreras autorizadas para estos fines tienen una duración de 10 semestres académicos.
  • Ejecución: La supervisión y cumplimiento de la norma queda bajo la responsabilidad de las Direcciones Regionales y Subregionales de Educación.
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Resolución de Revalidación

La resolución emitida el 30 de mayo de 2016, formaliza la validación técnica y académica de una especialidad pedagógica clave en la región Cusco.

  • Institución: Beneficia al Instituto Superior de Educación Público (ISEP) "Horacio Zevallos Gámez" de Cusco.
  • Carrera Autorizada: Se oficializa la revalidación de la carrera de Educación Inicial: Educación Intercultural Bilingüe (EIB).
  • Periodo de Vigencia: La autorización otorgada para el funcionamiento de esta carrera tiene una duración de 4 años.
  • Cumplimiento Normativo: La decisión se tomó tras verificar que el instituto cumple con los indicadores, puntajes y requisitos exigidos por la Norma Técnica de revalidación (R.M. N° 514-2015-MINEDU).
  • Supervisión: La Dirección Regional de Educación (DRE) de Cusco queda como responsable de asegurar que se cumplan las condiciones establecidas en la resolución.
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